Primera:
Se convoca la provisión de la plaza de Secretario General de la Cámara de Comercio de España en Senegal, en régimen de prestación de servicios.
Segunda:
Podrán participar en la siguiente convocatoria las personas que reúnan los siguientes requisitos mínimos:
Tercera:
Serán valorables por el Comité de calificador que se indica en la base cuarta, los méritos, la práctica y las capacidades de los candidatos atendiendo al siguiente baremo:
PUNTUACIONES MÁXIMAS:
Conocimiento jurídico y desarrollo profesional: 20 puntos
Se valora el conocimiento jurídico y desarrollo profesional, especialmente en el ámbito del derecho administrativo
Experiencia en Secretaría de órganos colegiados: 20 puntos
Se valorará especialmente el desempeño de funciones de Secretaría en el seno de órganos colegiados de las administraciones públicas, corporaciones de derecho público o entes del sector público, así como la asistencia y asesoramiento a los mismos.
Otras titulaciones universitarias: 10 puntos
Se valorarán especialmente otras licenciaturas o grados universitarios.
Relaciones internacionales y conocimiento del país: 10 puntos
Se valorará el conocimiento y experiencia en materia de relaciones internacionales, en particular la experiencia relaciones con las instituciones de la Unión Europea y con organismos económicos internacionales, así como el conocimiento de su funcionamiento.
Tramitación de ayudas: 10 puntos
Se valorará el conocimiento y experiencia en la tramitación de ayudas.
Competencias y habilidades directivas: 10 puntos
Se valorarán las competencias y habilidades directivas del candidato, en especial la experiencia en gestión de equipos y en el desempeño de cargos y funciones de responsabilidad.
Aptitud general para el desempeño del cargo: 20 puntos
Se valorará la aptitud general del candidato para el desempeño del cargo de Secretario General de la Cámara de España en Senegal, mediante entrevista personal con el comité calificador.
Cuarta:
El comité calificador de la presente convocatoria estará compuesto por los siguientes miembros:
El Comité calificador, constituido con la composición indicada, procederá al examen y valoración de las solicitudes y expedientes presentados por los candidatos de acuerdo con el baremo establecido en la base tercera, instruirá las pruebas que considere pertinentes y hará la propuesta motivada del candidato seleccionado, levantándose la correspondiente acta.
Quinta:
Las solicitudes para participar en la convocatoria habrán de presentarse vía telemática en el correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. antes del 26 de enero del 2024.
Los participantes deberán acompañar a su solicitud:
En todo caso, el Comité Calificador podrá requerir a los candidatos la documentación complementaria que estime conveniente.
Sexta:
El acuerdo de nombramiento de Secretario General será comunicado a los miembros de la Cámara via email y se notificará personalmente al interesado, que deberá tomar posesión de su cargo en el plazo máximo de 15 días a contar desde la fecha de la notificación, salvo causa debidamente justificada que valorará el Comité.
Séptima:
El Secretario General estará sometido al régimen de prestación de servicios y le corresponderán los derechos y retribuciones que se aprueben, especificándose en el contrato que con él se establezca, las condiciones de su relación.
Octava:
Descripción del puesto y funciones del Secretario General de la Cámara Oficial de Comercio de España en Senegal.
Novena:
El Comité podrá declarar desierta la convocatoria y, en consecuencia, decidir la no adjudicación de la plaza cuando lo estime conveniente para los intereses de la Cámara Oficial de Comercio de España en Senegal.